INCREMENTO EN TARIFAS

La Empresa de Recursos Tecnológicos SA ESP ERT,  determinó realizar un incremento del 3.8% correspondiente al IPC año 2019, sobre los valores de los planes comerciales vigentes en el portafolio de productos y servicios, es por eso que mediante oficio enviando

adjunto a la facturación del mes de Enero, correspondiente al periodo 16 de diciembre de 2019 y el 15 de enero de 2020, se notificó a los usuarios dicho incremento.  

Lo anterior según Resolución 5111 de 2017 “Por la cual se establece el régimen de protección de los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones, se modifica el capítulo 1 del título II de la Resolución CRC 5050 de 2016 y se dictan otras disposiciones”  expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones CRC, en su artículo 2.1.10.2 determina que en los contratos de prestación de servicios se debe indicar la forma en que se modifican las tarifas. En el contrato acordado con usted cuando adquirió los productos, se establece la forma y porcentajes en que la Compañía podrá modificar sus tarifas.

ARTÍCULO. 2.1.10.2. TARIFAS. En el contrato debe indicarse claramente las tarifas y la forma en que estas se modificarán, indicando por lo menos los incrementos tarifarios máximos anuales y los períodos de facturación. Estas modificaciones únicamente aplican una vez se den a conocer al usuario, para esto deberá ser informado del incremento por la misma vía en que recibe su factura, al menos 5 días hábiles antes de la finalización del periodo de facturación, inmediatamente anterior al periodo en que será aplicada la modificación.

Resolución 5111 de 2017